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Con recursos de ministerios harían referéndum

  • CARC
  • Jun 10, 2024
  • 4 min read



“Vamos a esperar qué deciden el TSE y la Asamblea Legislativa, a partir de ahí tomaremos decisiones”, indicó Nogui Acosta, ministro de Hacienda.


El Gobierno va con todo con el referéndum y no descarta tomar recursos de ministerios e instituciones públicas para dirigirlos a la organización de la consulta popular.


Más allá de esto, se le consultó a Nogui Acosta, ministro de Hacienda, cómo estarían gestionando los recursos y si eventualmente remitirían un presupuesto extraordinario a la Asamblea Legislativa.


Así, explicó que dependerá de las decisiones del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).


“Ellos son los que presupuestan. Para el 2025 están considerando unos ¢3.000 millones y ya están asignados, ese fue el monto convenido entre ellos y nosotros. El presupuesto tiene que ser presentado el 1º de setiembre y ahí estarán incorporados esos recursos.


Si el Tribunal decide hacerlo (referéndum) en el 2024, nosotros llevaríamos un presupuesto extraordinario con los recursos necesarios para poder realizarlo”, explicó el jerarca a El Periódico de Más Venta en Costa Rica.


Se le preguntó si el Estado tiene los recursos para avanzar con la consulta popular, a lo cual indicó que deberán salir a buscarlos o, en su defecto, tomar recursos de instituciones para realizarlo.


“¡Vea!, el 38% del presupuesto se financia con deuda, decir que (será) más endeudamiento es una mentira y una forma de distraer de lo fundamental. Ese presupuesto puede recibir modificaciones por parte de la Asamblea Legislativa; es decir, podemos tomar recursos de algunas partidas para asignarlo al referéndum, no descartamos mover recursos de instituciones o ministerios. (Al día de hoy), ¡no hay plata!, pero creemos que hay que hacer reasignación (de fondos)”, agregó.


Además, dijo a este medio que aún no tienen mapeado de cuáles instituciones o ministerios podrían tomar los recursos.


“Vamos a esperar qué deciden el TSE y la Asamblea Legislativa, a partir de ahí tomaremos decisiones”, precisó.


Ahora bien, más allá de esto, es preciso indicar que el Ejecutivo está en una carrera contra el tiempo, ya que no se puede convocar a referéndum durante los seis meses anteriores ni posteriores a la elección presidencial.


Los próximos comicios serían el 1º de febrero de 2026, por lo que seis meses antes se cumplirían el 1º de agosto de 2025.


Así las cosas, el último momento que habría para celebrar un referéndum sería julio de 2025, pero hay que contemplar tres meses hacia atrás entre la convocatoria y la votación, lo cual haría que el último espacio en el que se pueda realizar la consulta popular fuese en abril de 2025.


Lo anterior, sin contar si el TSE remitiría el texto a la Sala IV o es frenado por un recurso de amparo. Del mismo modo, podría verse aletargada si se envía a consulta al Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa.


DUDAS


Dicha situación genera preocupación en diputaciones, las cuales consideran que ya se han hecho bastantes recortes y movidas presupuestarias principalmente en instituciones de corte social como para que se estén considerando nuevos cambios.


“El hecho que no tengan presupuestado el proceso del referéndum refleja que no estuvo nunca programado ni planificado dentro de las acciones de este Gobierno, por lo tanto, si se quisiera financiar para este mismo año habría que hacer recortes a los diferentes programas que ya, de por sí, están debilitados por la falta de recursos y esto afectaría probablemente a muchas de las actividades que están realizando principalmente programas sociales.


Por otro lado, si es que (se hace) para el 2025, pues tendrían que presupuestarlo, pero eso significaría recortes a otros programas ya que, dada la regla fiscal que tiene un tope de crecimiento, el presupuesto no podría incrementar y tendrían que trabajar con los mismo recursos contemplados”, explicó Paulina Ramírez, diputada del Partido Liberación Nacional (PLN).


La iniciativa, conocida como Ley Jaguar, realizaría reformas relacionadas con las potestades de la Contraloría General de la República (CGR), además, la Ley de Contratación Administrativa y la de la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (Japdeva).


De conformidad con el artículo 105 de la Constitución Política, no podrán someterse a referéndum proyectos de ley sobre materia presupuestaria, tributaria, fiscal, monetaria, crediticia, de pensiones, seguridad, aprobación de empréstitos y contratos ni actos de naturaleza administrativa.


ÚNICO ANTECEDENTE


El único referéndum que se ha realizado desde la fundación de la Segunda República fue la aprobación del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, República Dominicana y Estados Unidos, el cual se realizó el 7 de octubre de 2007 y, al final de la jornada, ganó el SÍ con un 51,62%, contra un 48,38% del NO. El resultado fue vinculante, por superar el 40% de electorado que ejerció el sufragio. Por otra parte, se han dado dos intentos de realizar referéndums, uno fue relacionado a la unión de parejas del mismo sexo, sin embargo, no pudo avanzar por estar relacionado a temas de derechos humanos, el otro se intentó para que el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) pudiese realizar obra pública y otros temas públicos, pero no prosperó en el camino.

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