Juez cuestiona a Fiscalía en caso Gandoca-Manzanillo
- CARC
- Aug 8, 2024
- 4 min read

Mientras rechaza medidas cautelares contra presuntos imputados
Juzgado Penal del Segundo Circuito de San José rechazó la solicitud de medidas cautelares requeridas por la Fiscalía Adjunta Agrario Ambiental por el caso Gandoca-Manzanillo.
El juez penal Félix Castellón determinó que no existen elementos probatorios que demuestren un plan previo en el caso de la tala en Gandoca-Manzanillo, ocurrida en la propiedad privada del empresario Pacheco Dent.
Lo anterior se fundamenta en que la Fiscalía no logró comprobar que los actos investigados fueran dolosos, por lo que se rechazó la solicitud de medidas cautelares.
"En razón de todo lo expuesto, de conformidad con el artículo 239 del inciso a del Código Procesal Penal, por ausencia de elementos de convicción suficientes que permitan establecer que los hechos investigados sean dolosos, se rechaza la solicitud de medidas cautelares en contra de los imputados,” señala la resolución.
La Fiscalía asegura que existe un plan para urbanizar esta zona y posteriormente venderla a particulares como parte de un proyecto de construcción.
Sin embargo, Castellón rechazó las medidas cautelares solicitadas por la Fiscalía Adjunta Agrario Ambiental y la Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción, en contra del empresario, una regente forestal y tres funcionarios del Sinac.
Además, solicitaron que se le suspendiera al imputado Pacheco Dent el aprovechamiento forestal en las fincas, así como todo movimiento de tierra o cualquier obra civil. También se pidió que en el plazo de un mes se removiera el relleno sobre el humedal utilizado como camino que se localiza en estos terrenos. Finalmente, se requirió que el empresario depositara ante el Juzgado Penal de Hacienda el pasaporte y se le impidiera la salida del país.
En cuanto a los funcionarios del Sinac, se buscaba la suspensión del cargo y que no tuvieran contacto con los testigos de la causa. Mientras que para la regente forestal de apellidos Camacho Calvo se solicitó la inhabilitación del puesto y que no emitiera certificaciones de cobertura forestal.
MÁS CUESTIONAMIENTOS
La resolución indicó que la profesión de Pacheco no le permitía refutar los criterios emitidos por la experta forestal.
"De igual forma, si se realiza un análisis más adelantado de la Teoría del Delito en la fase de la culpabilidad podría estarse en presencia de un error de prohibición directo, al estimarse que la conducta no es culpable, pues el imputado Pacheco en todo momento se asesoró de una perito que ante la Administración Pública plasmó su fe y gestionó las autorizaciones correspondientes. Lo cual constituiría un error invencible, pues el imputado no tiene criterio técnico para controvertirla, siendo que el imputado es experto en cine y no en ciencias forestales,” dice la resolución.
Además, se decidió que en caso de ser ciertos los delitos que pretende castigar la Fiscalía, como cambio de uso de territorio de bosque, apertura de trocha en terrenos con bosque y drenaje de humedal, los hechos sucedieron posterior a los actos administrativos del Estado que permitían la tala de árboles en la propiedad del empresario, quien tenía los permisos avalados.
"No existen elementos probatorios directos o indiciarios que determinen con probabilidad la existencia del plan previo, distribución de funciones con ninguno de los imputados y, como consecuencia directa de ello, la discusión en sede penal resulta prematura,” apunta la determinación.
REACCIONES
Roberto Soto, abogado de Pacheco Dent, expresó que están satisfechos con la decisión del juez. “Es una resolución absolutamente ajustada a derecho y que creemos que suscribe como está la situación procesal en este momento,” dijo.
Sin embargo, adelantó que presentarán una apelación parcial por un tema que “quedó en el limbo,” pero por el momento prefirió no indicar la causa.
A su vez, el Ministerio Público confirmó que “las Fiscalías se encuentran trabajando en la apelación, la cual será presentada al Tribunal Penal de Hacienda y de la Función Pública para que se programe una nueva audiencia, en la que el Ministerio Público reiterará su petición.”
El abogado ambientalista, Edgardo Araya, mencionó que tras la resolución no hay que generar confusión, ya que el juzgador no ha dicho que no hay probables delitos, sino que la acusación presentada por la Fiscalía no contó con los recursos necesarios para avalar la prisión preventiva.
“No se puede emitir un criterio de fondo porque apenas está empezando el proceso, hay que recabar pruebas y faltan un montón de cosas. Lo que el juez dice en este momento, con lo que la Fiscalía presenta en este estado del proceso, es que no ve una justificación para establecer una medida cautelar porque parece que lo que plantea la defensa es un error de prohibición, es decir, que la persona comete un delito creyendo que está actuando legítimamente,” explicó Araya.
Asimismo, considera que la defensa se escuda en que la tala se realizó con un permiso de un regente forestal, por lo cual el empresario “no sabía” si se podía ejecutar o no esta acción.
El abogado Walter Brenes considera que el hecho no se trata de un tema penal, sino del Contencioso Administrativo, por lo cual anuncia que demandará al Sinac y al Estado por el caso de Gandoca-Manzanillo.
“Esto con la intención de recuperar los terrenos que están en esta zona, ya existe una medida cautelar que vendría a ampliar un poco más sobre la problemática de Gandoca-Manzanillo, pero definitivamente la línea es el Contencioso Administrativo, hay que cuestionar los actos donde se dieron o se otorgaron permisos para la corta de árboles, es un asunto de legalidad,” recalcó.
Comments